Por primera vez se sanciona a un medio por incumplir su código de ética y el horario familiar
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones sancionó a Radio Turbo Mix de Cajamarca con 2 UIT's (S/. 7.100) por incumplir con las normas relativas al horario de protección familiar y las disposiciones de su Código de Ética.
Ofensas e insultos emitidos repetidamente fueron motivo para que, tras agotar la vía previa de la autorregulación, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) haya impuesto una sanción de 2 Unidades Impositivas Tributarias (7.100 nuevos soles) a la empresa de radiodifusión comercial Turbo Mix S.R.L. que emite sus señales en la ciudad de Cajamarca.
La sanción se dio "por la comisión de las infracciones (…) referidas al incumplimiento de las normas relativas al horario familiar y de protección al menor y al incumplimiento de las disposiciones del Código de Ética".
El proceso se inició cuando la persona afectada, Marco Aurelio la Torre, se quejó con la radio por la emisión continua de frases como "Qué buena cojudez", "Oiga carajo, ¿en dónde estamos?", "Cara despercudida", "Reptiles rastreros", entre otros.
Ante la negativa de la radio por autorregularse, se interpuso la queja ante la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del MTC quien de acuerdo a la Ley de Radio y Televisión solicitaron la opinión no vinculante del Consejo Consultivo de Radio y Televisión (CONCORTV).
La opinión unánime del CONCORTV fue que "en el marco de la Constitución vigente y atendiendo el interés superior del Niño, la empresa Radiodifusora Comercial Turbo Mix ha usado en forma habitual un lenguaje no adecuado durante el Horario de Protección Familiar (06:00 – 22:00) al presentar un lenguaje soez como normal y aceptable". Asimismo, señaló que "ante el incumplimiento del horario de protección familiar la empresa denunciada no ha cumplido con la clasificación del programa y de las franjas horarias establecidas en su Código de Ética".
La sanción económica calificada como grave fue aplicada por debajo de la escala mínima legal (de más de 10 hasta 30 UIT's) con el fin de no atentar contra la continuidad del servicio.
De esta manera se sienta el primer precedente de sanción a un medio de radiodifusión por haber incumplido el horario de protección familar y las disposiciones de su Código de Ética debido a la queja de un ciudadano y a la negativa del medio por autorregularse.
¿Qué dice la Ley de Radio y TV?
Según la Ley 28278 – Ley de Radio y Televisión, la programación que se transmita en el horario familiar (06:00 – 22:00) debe evitar los contenidos violentos, obcenos o de otra índole, que puedan afectar los valores inherentes a la familia, los niños y adolescentes.
Asimismo, establece que los códigos de ética de las empresas de radio y televisión se basa en principios y lineamientos como la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, la protección y formación integral de los niños y adolescentes, la promoción de los valores, la responsabilidad social de los medios de comunicación, entre otros.
¿Quién puede quejarse por un programa de radio o TV?
Cualquier persona sin necesidad de abogado puede presentar una queja ante la empresa de radio y/o televisión quien tiene como obligación responder o absolver la queja. En el caso de que la respuesta no sea satisfactoria, la queja se puede derivar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones quienes de acuerdo a la evaluación del caso y la opinión del CONCORTV podrán imponer una sanción que puede llegar hasta las 50 UIT's (S/. 177.500).