MTC reserva canales de TV digital que serán otorgados por concurso público
La norma buscaría ampliar la pluralidad en la oferta de canales de televisión en todo el Perú |
(Andina).- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció reservar un grupo de canales de radiofrecuencia que serán otorgados a personas naturales o jurídicas a través de concurso público para la prestación de servicios de radiodifusión por televisión con tecnología digital.
Según un decreto supremo del MTC publicado el 16 de junio, se reservarán tres canales en cada una de las localidades comprendidas en los Territorios 01,02 y 03 previstos en el plan maestro para la implementación de la Televisión Digital Terrestre (TDT) en Perú.
El Territorio 01 comprende las ciudades de Lima y Callao; el Territorio 02, que comprende las ciudades de Arequipa, Cusco, Trujillo, Chiclayo, Piura y Huancayo; y el Territorio 03, que incluye a las ciudades de Ayacucho, Chimbote, Ica, Iquitos, Juliaca, Pucallpa, Puno y Tacna.
Las personas naturales o jurídicas que salgan ganadoras de los concursos públicos recibirán las respectivas autorizaciones, de acuerdo a las condiciones previstas en las bases de cada proceso.
La adjudicación de la buena pro en este concurso público implicará el otorgamiento de la autorización y la asignación a cada adjudicatario de un canal de radiofrecuencia en cada una de las localidades consignadas para la prestación del servicio de radiodifusión por TDT.
Por cada persona natural o jurídica sólo se adjudicará y autorizará un canal de radiofrecuencia en cada localidad, de los que se concursen.
No podrán presentarse como postores aquellas personas naturales o jurídicas que cuenten con una autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión, como mínimo, en la localidad de Lima del Territorio 01, y el 50 por ciento en las localidades de los Territorios 02 y 03, consideradas en conjunto.
El MTC indicó que en la aprobación de las bases que regirán el concurso público no será exigible la determinación del canal de radiofrecuencia a ser asignado.
Tampoco se exigirá las potencias efectivas radiadas máximas a las que se refiere el reglamento de la Ley de Radio y Televisión, en tanto no se hayan aprobado los planes de canalización y asignación de frecuencias de cada localidad.
En la fase administrativa para el otorgamiento de las autorizaciones que se deriven del concurso público que se realice en aplicación de dicho dispositivo, no será de aplicación el artículo 45 del reglamento de la Ley de radio y Televisión.
Esta fase deberá ser iniciada en el plazo máximo de un año contado desde la publicación de los planes de canalización y asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión por televisión que utilice tecnología digital, respecto de cada localidad, salvo que el adjudicatario solicite que ésta se inicie antes del vencimiento del plazo.