Frecuencia Latina apela sanción por retransmisiones de EVDLV
Televisora argumenta que retransmisiones de extractos del programa conducido por Beto Ortíz “Son de interés para una parte de la población, que tiene derecho a recibir esta información de sus celebridades favoritas.”
Las referidas retransmisiones corresponden a extractos de las entrevistas realizadas a Angie Jibaja, Jean Paul Santa María y Cecilia Bracamonte. |
La Compañía Peruana de Radiodifusión S.A (Frecuencia Latina) pide mediante recurso de apelación declarar infundada la resolución de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV), ente que a través de su Comité de Solución de Quejas resolvió sancionar a la casa televisora con 7 UIT’s (S/.26, 600) por repetir en horario familiar (6:00 a 22:00 hrs) secuencias de “El Valor de la Verdad” (EVDLV).
Cabe señalar, que el proceso de queja fue iniciado en octubre de 2013 por la Asociación Valores Humanos, la cual consideró que el transmitir repeticiones de EVLDLV (en los programas ‘Amor, Amor, Amor’, ‘Reporte Semanal’ y ‘90 Segundos’) es una infracción al artículo 40° de la Ley de Radio y Televisión, que señala debe evitarse los contenidos violentos, obscenos o de otra índole dentro del horario familiar.
Ante esto, Frecuencia Latina argumenta que las retransmisiones en discusión “son de interés para una parte de la población, que tiene derecho a recibir esta información de sus celebridades favoritas” y que “El Comité de la SNRTV ha sacado de contexto el contenido de las retransmisiones, resaltando aspectos que apreciados aisladamente pueden dar la impresión de una conversación inapropiada para un menor de edad.”
Asimismo, la televisora considera que “Otros canales de televisión también se han encargado de difundir esta información durante el horario de protección al menor, dada su relevancia.”
Por último, en el expediente, Frecuencia Latina se refiere también a la reincidencia observada por la SNRTV, la cual tomó en cuenta la anterior sanción por el programa “El Especial del Humor”, considerándola como agravante. Al respecto, el canal señala que “No nos encontramos ante un comportamiento de la misma naturaleza por lo que no puede hablarse de reincidencia”.
Expediente N° 011-013 by concortv