Ley General de la Comunicación Audiovisual fue aprobada y ya entró en vigor en España
Gaspar llamazares, diputado de Madrid, durante el pleno del Congreso |
(RTVE).- El primero de mayo entró en vigor la Ley General de la Comunicación Audiovisual. La norma fue aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 18 de marzo y recoge como una de las medidas más relevantes la creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), un organismo regulador que tendrá competencias sobre la concesión y retirada de frecuencias. La prohibición de la emisión de pornografía en abierto, las restricciones a la publicidad de alcohol, la reciprocidad en las emisiones de cadenas autonómicas en comunidades limítrofes y la creación de una Agencia Estatal de Radiocomunicaciones que perseguir a las radios piratas son otras de las novedades que presenta el proyecto.
En materia de publicidad, la ley establece finalmente que las televisiones podrán emitir un total de 20 minutos por hora entre anuncios convencionales (12 minutos), autopromoción (cinco minutos) y telepromoción (tres minutos).
Además, la ley señala que las cadenas privadas en abierto no tendrán que dar gratis su señal a las plataformas de cable y satélite, lo que sólo afectará a TVE y las cadenas autonómicas.
El texto refuerza el control parental en las emisiones de pago y que recoge que los espacios de esoterismo y paraciencias no pueden verse en horario infantil.
No habrá publicidad encubierta en las series
El 60% de la obligación de financiación deberá dedicarse a películas cinematográficas. De este importe, al menos el 50 por 100 deberá aplicarse a obras de productores independientes.
Otro punto polémico en los últimos años en el sector también es tocado por el proyecto: la exclusividad en los derechos de eventos como el fútbol. Así, el texto protege el derecho a la información de todos los ciudadanos como "derecho prioritario" y fija límites a la exclusividad en función de criterios de interés general.
Además, los anunciantes no podrán vender sus productos dentro de series o programas infantiles, lo que se conoce como "emplazamiento de producto".
Los contenidos que puedan considerarse lesivos para el desarrollo de los menores, sólo podrán emitirse, precedidos de señales acústicas y visuales, entre las 22:00 y las 06:00 horas.
Del mismo modo, los programas dedicados a juegos de azar y apuestas, ya sea en abierto o en codificado, sólo podrán emitirse entre la 1:00 y las 5:00 horas.