Ley de Radio y TV exige uso de medios visuales adicionales para personas con discapacidad auditiva
Desde el 2004, la Ley 28278 – Ley de Radio y Televisión dispone en su artículo 38 que los programas informativos, educativos y culturales de producción nacional, transmitidos por el Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP), incorporan medios de comunicación visual adicional en los que se utiliza lenguaje de señas o manual y textos, para la comunicación y lectura de personas con discapacidad por deficiencia auditiva.
Desde el 1 de enero de 2007, esta obligación también se da para todos los canales de televisión, ya sean privados o estatales.
Este comunicado se difunde coincidiendo con el Día Mundial de las Personas Sordas.