Titulares de radio y TV de señal abierta deben difundir sus códigos de ética
El Consejo Consultivo de Radio y Televisión (Concortv) exhorta a los titulares de los servicios de radio y de televisión a publicar sus códigos de ética, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley de Radio y Televisión (Ley 28278) y el código de ética para radiodifusores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Los códigos de ética recogen los principios que guían la actuación responsable de los servicios de radio y de televisión de señal abierta, acorde con lo señalado en la Ley de Radio y Televisión y en las disposiciones establecidas en Políticas Públicas en el marco de los tratados de derechos humanos.
El artículo 35 de la Ley 28278 señala que los códigos de ética de los servicios de radio y televisión deben incluir las disposiciones relativas al horario familiar y los mecanismos de autorregulación, debiendo ser puestos en conocimiento del público. De igual forma, el artículo 32 del código de ética, establece que la publicación debe hacerse en un lugar visible mientras el medio cuente con autorización vigente.
La mayoría de radios y televisoras no cumplen con estas disposiciones, los Códigos de Ética no se difunden en sus sitios web ni son de fácil acceso para las audiencias. Esta situación dificulta conocer los compromisos asumidos a favor del respeto a la dignidad de las personas, la protección de los niños, niñas y adolescentes, la no violencia contra las mujeres, el procedimiento de queja, entre otros.
La ley también precisa que el incumplimiento de las disposiciones de los códigos de ética son consideradas como una infracción grave, por lo que los medios pueden ser sancionados por el MTC con una multa de hasta los 30 UIT.
Es importante mencionar que según el Concortv (2022), basándose en datos del MTC, solo el 0.3% de medios televisivos y radiales cuentan con un código de código propio, mientras que el resto opera bajo el código de ética elaborado y aprobado por el MTC.
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