SNRTV sanciona a ATV por infringir el Horario Familiar en el programa “Combate”
Entre 2015 y 2016, es la cuarta vez que ATV es sancionado por el programa “Combate”. Multa es de 12 UITs (S/. 47,400.00).
La Comisión de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV) declaró fundada la queja presentada por dos ciudadanos contra ATV, por transgredir el artículo 40° de la Ley de Radio y Televisión, referido al Horario Familiar(1) (06:00 – 22:00 horas), en la secuencia “Fresas con crema” del programa “Combate”, emitida el 03 de junio de 2016.
La Comisión considera que dicha emisión “ha vulnerado el artículo 40° de la Ley de Radio y Televisión; así como también, el principio referido a la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad; la protección y formación integral de los niños y adolescentes, así como el respeto de la institución familiar; la responsabilidad social de los medios de comunicación; y, el respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar, contemplados en el artículo 3° del Código de Ética”.
La comisión también advierte, respecto a la escena emitida, que “el juego elegido, la manera en que se realizó el mismo, las frases mencionadas, entre otros aspectos, generaron que se aprecie como un juego erótico”.
Finalmente, la Comisión le recuerda a ATV que, en tanto integrante de la SNRTV, se ha sometido libre y voluntariamente a las disposiciones y al procedimiento de solución de quejas contemplado en el Código de Ética y en el Pacto de Autorregulación, normas de autorregulación bajo las cuales rigen sus actividades. El ente estableció como sanción una multa de 12 Unidades Impositivas Tributarias – UITs (S/. 47,400.00).
Cabe señalar que, según el Código de Ética y Pacto de Autorregulación de la SNRTV, los medios denunciados no pueden apelar los fallos de la Comisión de Ética, a diferencia de los denunciantes que sí pueden hacerlo.
Quejas ciudadanas
La Ley de Radio y Televisión establece que cualquier ciudadano puede quejarse cuando considere que un programa o contenido de radio o TV incumple el Código de Ética o el Horario Familiar. Si esta comunicación no prospera, no hay respuesta por parte del medio dentro del plazo que se especifica en su Código de Ética, o la respuesta obtenida no satisface al accionante de la queja; este puede elevar su queja en vía de denuncia ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC. Entérate cómo quejarte aquí.
Si el medio es asociado a la SNRTV (Latina, América Televisión, ATV, Panamericana Televisión, Global TV, Grupo RPP, Corporación Radial del Perú, entre otros), puedes revisar su mecanismo de solución de quejas aquí.
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(1) Durante el Horario Familiar (06:00 – 22:00 horas), la programación de las emisoras de radio y canales de televisión deben evitar los contenidos violentos, obscenos o de otra índole, que puedan afectar los valores inherentes a la familia, los niños y adolescentes. (Ley de Radio y Televisión Art. 40).