La prensa según Correa
(El Comercio).- Por Roger Zuzunaga Ruiz. “Pediré, de acuerdo con la ley, que definitivamente Teleamazonas sea clausurada, se les acabó la fiesta”. Así amenazó un ofuscado Rafael Correa a la más importante cadena televisiva de Ecuador el pasado 29 de agosto durante su habitual programa radial de los sábados —de similar formato al “¡Aló, presidente!” de Hugo Chávez—, transmitido en cadena nacional a través de los medios públicos. Esta vez su molestia fue motivada por un audio que Fernando Balda, ex constituyente de Alianza País (partido de gobierno) y actual miembro del Partido Sociedad Patriótica (PSP), presentó en Teleamazonas. En la grabación se escucha un diálogo entre Rafael Correa, su ministro Ricardo Patiño y la congresista Silvia Salgado, quienes hablan sobre cambios a la Constitución.
Pues bien. Dentro de poco, de aprobarse una ley de telecomunicaciones que se discute en la Asamblea Nacional (Congreso), el presidente tendrá las herramientas legales para cristalizar esta y otras amenazas que suele proferir en su monólogo sabatino, en el que califica a los medios con términos como “incompetentes”, “mentirosos”, “calumniadores”, “corruptos”, “mediocres”, etc.
La nueva Constitución ecuatoriana, vigente desde el 2008, dispone que se elabore una ley de comunicación para garantizar el derecho de los ciudadanos a obtener información “veraz, verificada, oportuna, contrastada”. El plazo para aprobar esta norma vence el 14 de octubre —aunque ya se adelantó que podría prorrogarse hasta febrero del 2010— y en este momento el Congreso tiene en sus manos tres proyectos. Uno de ellos es el elaborado por la oficialista Coordinadora Social de la Comunicación, denominado anteproyecto de Ley Orgánica de la Comunicación.
En su artículo 15 (sobre el derecho a la protección de las comunicaciones personales), el documento menciona que “la información obtenida violando el derecho a la protección de las comunicaciones personales no se podrá utilizar ni difundir en ningún medio o canal La persona que haya violado este derecho responderá judicialmente”.
Además, el artículo 8 prevé el cierre del medio de comunicación que presente información que no es veraz. “La violación de este derecho o el incumplimiento de la obligación establecida en el párrafo anterior serán sancionados con una multa En caso de reincidencia en el período de un año contado a partir de la comisión de la primera infracción se duplicarán las sanciones Una tercera infracción en el mismo período de tiempo ocasionará la inhabilitación por dos años de las personas que incumplan esta disposición para ejercer actividades de comunicación y la cancelación de los permisos de funcionamiento del medio…”.
El artículo 11, sobre el derecho a la libertad de expresión, dispone sanciones a quienes formulen juicios de culpabilidad sobre hechos o conductas respecto de los cuales no se ha pronunciado la justicia. En tanto, el artículo 14 contempla sanciones a quienes difundan datos de carácter personal.
Según este proyecto, el ente que se encargará de la vigilancia, auditoría, intervención y control de quienes prestan servicios de telecomunicaciones será la Superintendencia de Telecomunicaciones y Medios de Comunicación. Esta institución no tiene nada de independiente, pues, según el mismo proyecto, el superintendente será elegido de una terna propuesta por el presidente de la República.
También hay un proyecto presentado por el legislador oficialista Rolando Panchana, que en su extremo más polémico obliga al registro anual de todo medio de comunicación, impreso, radial o televisivo.
Rechaza la crítica
El periodista y escritor ecuatoriano César Ricaurte, quien dirige la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios, sostiene que Correa, desde su juramentación como presidente, no ha dado muestras de ser tolerante a las críticas. “Hay en el presidente la concurrencia de esta visión de que los medios son representantes de lo que denomina poderes fácticos, es decir, poderes que no tienen legitimidad democrática, porque la legitimidad democrática la dan las elecciones… El oficialismo ve a los medios como opositores políticos”.
El mandatario llega al público cada sábado a través de su programa radial y televisivo que se transmite por medios estatales y los que fueron incautados al banquero Fernando Aspiazu, dueño del quebrado Banco del Progreso.
Jaime Mantilla es fundador y presidente del grupo Hoy, que incluye al diario “Hoy”, y relata que Correa se apropió de un diario y dos emisoras que la Agencia de Garantías de Depósitos (AGD) había incautado al mencionado banquero. “El destino del remate de estos bienes debía servir para cancelar las obligaciones pendientes con los clientes del banquero. Sin embargo, se obligó a la AGD a entregar el diario para uso del gobierno. Más tarde se incautaron dos cadenas de televisión abierta y un canal de cable al grupo Isaías [dueño del quebrado Filanbanco] El Gobierno anunció la necesidad de crear medios públicos y con ese razonamiento controla el contenido de esos medios”.
Aunque la mayor parte de la población ecuatoriana no apoya la ofensiva contra los medios, Ricaurte sostiene que los ciudadanos son muy críticos con la prensa porque no ha sido capaz de autorregularse, ni reconoce los errores que con frecuencia comete por su falta de rigurosidad. “Pero eso es algo que se debe tratar al interior del periodismo… No es algo que desde el poder se deba imponer… En un ambiente de restricción de libertades, el periodismo no mejora, empeora”.
Mantilla advierte que está pendiente el informe de una comisión del Gobierno que revisó el estado de las concesiones de radio y televisión del país, donde se probarían innumerables errores en los trámites. El artículo 109 del proyecto de ley oficialista dice que todas las concesiones que hayan sido obtenidas ilegítimamente volverán al Estado.
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Sumas y restas
“Las personas… tienen derecho a formar veedurías sobre cualquier tema de su interés en materia de comunicación, así como de constituir observatorios de medios de comunicación, a fin de investigar y analizar los contenidos mediáticos” (artículo 37).
“El presidente de la República… puede disponer la suspensión del derecho a la libertad de información y la censura previa de los medios de comunicación una vez que se haya declarado el estado de excepción en todo o una parte del territorio nacional” (artículo 172).